Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1679/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
b)
b) La identidad de objeto, sujeto y causa con el anterior hábeas corpus determina que el presente recurso es reiterativo y abusivo, lo que es inadmisible, máxime si además no corresponde pedir el cumplimiento de un fallo constitucional con la interposición de otro, sino que el control sobre ese cumplimiento está encomendado al órgano jurisdiccional que conoció el recurso, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- procedente
- I.2.3. Resolución
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- para exigir coactivamente el cumplimiento de una sentencia constitucional emitida en una acción tutelar
- III.2.
- III.3.