Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1679/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.1.
II.1. La recurrente planteó un anterior recurso de hábeas corpus contra la Jueza hoy también recurrida (fs. 1 a 2), que mereció la Sentencia 3/05, de 5 de noviembre de 2005 pronunciada por el Juez Primero de Sentencia de la ciudad de Cochabamba (fs. 4 a 7 vta.), que declaró procedente el recurso y conminó a la autoridad recurrida realizar la audiencia señalada para el 11 de noviembre de 2005 a horas 16, sin ninguna dilación y resolver la petición de la parte recurrente conforme a ley, entre otros puntos, remitiendo en revisión la Resolución ante el Tribunal Constitucional.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- procedente
- I.2.3. Resolución
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- para exigir coactivamente el cumplimiento de una sentencia constitucional emitida en una acción tutelar
- III.2.
- III.3.