SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1703/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1703/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

a)

La autoridad recurrida elevando el informe de ley, señala lo que sigue: a) con relación al caso ocurrido el “9”(sic) -8- de junio de 2005, recibió el informe de Marco Antonio Cotrino de la Cruz, asignado al caso, en sentido de que se había interceptado a los denunciados Edgar y Miguel Zambrana -hijos del ahora recurrente- y les había invitado a que le acompañen a las oficinas policiales, a efectos de que respondan a la denuncia interpuesta por agredir a Zulema Ochoa; b) ya en dependencias policiales, se llegó a una conciliación, donde ambos denunciados estaban dispuestos a firmar un acta de buena conducta y garantías, que estaba siendo elaborada por el referido Marco Antonio Cetrino de la Cruz asignado al caso; sin embargo, a horas 17:20 aproximadamente, ingresó a su oficina “sin saludar siquiera”(sic), el abogado del recurrente, señalando a los denunciados que no firmen nada porque el comparendo recibido no señalaba la fecha; a cuya consecuencia, su autoridad aclaró que la fecha se sobreentendía porque estaba en la parte de atrás del comparendo; sin embargo, dicha persona sin identificarse o presentar credencial alguno de abogado intentó que los denunciados sin firmar el acta correspondiente se retiren de las dependencias policiales; por lo que su persona -recurrido- le aclaró que respete la oficina y a la autoridad correspondiente, señalando que los denunciados se quedarían y que él -abogado patrocinante- no podía autorizar que salgan los denunciados mientras se realice la investigación correspondiente; c) los denunciados se quedaron en dependencias policiales, basando su actuación en el art. 225 del Código de procedimiento penal (CPP); por lo que al no existir pruebas, su autoridad ordenó que se retiren los denunciados de dichas dependencias policiales, porque si las mismas hubieran existido, él las hubiese remitido al Ministerio Público; d) finalmente, señaló que los denunciados nunca estuvieron arrestados sino que permanecieron en dependencias policiales desde las 17:30 hasta las 21:00.