AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2005-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2005-ECA

Fecha: 22-Feb-2005

resoluciones o actos administrativos definitivos

“Dentro de este contexto, debemos indicar que el memorando de suspensión DRH/165/02 de 8 de octubre emitido contra el recurrente taxativamente señala: “Por instrucciones de despacho del Señor Alcalde”, a partir de la fecha es SUSPENDIDO de las funciones que venía desempeñando como Director de Recursos Humanos Dependiente de la Oficialía Mayor Administrativa Financiera”, entendiéndose de su lectura que se trata de una suspensión en la que no se precisa el objeto y los alcances de la misma, por ello es lógico deducir que el recurrente pudo hacer uso de los recursos previstos por Ley e impugnar tal decisión ante la misma autoridad que emitió el memorando de suspensión, conforme establece la norma prevista en el art. 29 concordante con el art. 9  del DS 26319 de 15 de septiembre de 2001, al señalar que el recurso de revocatoria procede exclusivamente contra las resoluciones o actos administrativos definitivos relativos al ingreso, promoción o retiro de funcionarios de carrera, para luego, si así estimaba conveniente el recurrente, interponer el recurso jerárquico previsto en el art. 33 del Decreto Supremo antes aludido”.