SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0115/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
a)
El recurrente ratifica los términos del recurso planteado y añade: a) en su contra existen tres trámites procesales que emergen de la escritura pública 336/02 otorgada en la ciudad de Santa Cruz que tiene por objeto levantar un gravamen hipotecario del Banco de Santa Cruz; b) sobre esa escritura el fiscal antecesor del ahora recurrido imputó a Elena Crespo y Luis Nemtala, investigación que está en conocimiento de la Jueza de Instrucción Segunda en lo penal de El Alto, con el número 3250/03 a cargo del fiscal Jorge Valdivia; c) el segundo proceso según la parte querellante se está tramitando ante la Fiscal co demandada Jaqueline Bustillo con el número 3680/04 sobre la misma escritura pública, autoridad que está levantando las diligencias que se originan en un operativo realizado por la fiscal Blacut en el domicilio del señor Limariño y cuyos antecedentes hacen referencia a la existencia de documentos falsificados; c) asimismo tiene conocimiento de un tercer proceso en su contra y por los mismos delitos atribuidos por la autoridad recurrida, teniendo conocimiento que existe una orden de aprehensión en su contra pero que no sabe donde está.
A su turno la co demandada fiscal Jaqueline Bustillo da lectura al informe de fs. 58 a 59, que expresa: a) el 18 de julio de 2004, Luis Fernando Gutiérrez Zuazo en representación del Banco de Santa Cruz presentó querella contra Luis Nemtala Yamín, Elena Crespo de Nemtala y Helen Denise Nemtala, por presunta comisión de los delitos de falsedad material, uso de instrumento falsificado, estelionato y receptación, caso que mediante sorteo se le asignó como directora funcional, a cuyo efecto informó al Juez cautelar del inicio de las investigaciones a cuya conclusión procedió a la imputación de los denunciados por los delitos citados; b) en ningún momento ha emitido disposición u orden contra la libertad de José Luis Castillo, representado por el recurrente, siguiendo a la fecha el curso de las investigaciones; c) el 23 de agosto el Fiscal de Materia de la División Económicos y Financieros de la PTJ de El Alto, en virtud de un hábeas corpus interpuesto en su contra sobre la existencia del caso MP. 3680/04 y con la finalidad de recabar mayores elementos de convicción a ser aportados como prueba para la procedencia de una acumulación pedida por su autoridad al Juez Instructor, solicitó fotocopias legalizadas de la querella y los documentos originales que la sustenten, requiriendo en 23 de agosto del mismo año, se le franquee fotocopias legalizadas a cargo de la parte solicitante que no se apersonó para recabar las fotocopias solicitadas. Por otra parte su autoridad no ha sido notificada con la solicitud de acumulación de los casos 3250/03 y 3680/04, realizada al Juez cautelar; 4) el representado por el recurrente interpone el presente recurso previniendo que su persona pronto lo imputará, suponiendo un procesamiento indebido en su contra, o sea un acto futuro e incierto, haciendo notar de la misma manera que José Luis Castillo, como lo admite en su memorial de demanda se encuentra en libertad.