Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0116/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
Fragmento 11
En cuanto a que no se hubiese notificado al representado del recurrente con el amparo que se cuestiona, incumpliéndose así la SC 1351/2003-R, el recurso correspondiente se encuentra en revisión ante este Tribunal, instancia en la que se adoptará la determinación que en derecho corresponda sobre el particular.