Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0126/2005-R
Fecha: 01-Feb-2005
II.4.
II.4. El 16 de agosto de 2004, el Juez cautelar ordenó la remisión de la acusación presentada por la Fiscal ante el Tribunal de Sentencia de la provincia Obispo Santistevan, señalando en la parte considerativa que el Ministerio Público presentó un nuevo requerimiento el 13 de agosto de 2004 que estaría contraviniendo el art. 134 del CPP por lo que no es admisible la presentación de otro requerimiento “porque se estaría dando lugar a la extinción de la acción penal” (sic.), y que si bien “la acusación podrá retirarse en cualquier momento del juicio hasta antes de la deliberación del Tribunal”, es decir que corresponde al Tribunal su consideración (fs. 15 y vta.).