Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2005-CDP
Fecha: 04-Mar-2005
APROBAR en parte
APROBAR en parte la Resolución de 21 de octubre de 2004, cursante a fs. 243, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba con la MODIFICACIÓN de disponer que la Corte de amparo fije el honorario de acuerdo al arancel del Colegio de Abogados y elabore la planilla correspondiente a los gastos realizados por la recurrente.