Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0216/2005-R
Fecha: 10-Mar-2005
II.4.
II.4. El 12 de octubre de 2002, mediante Sentencia pronunciada por la Jueza de la causa fue declarada improbada la demanda referente a la solicitud de reconocimiento de unión libre o de hecho interpuesta por no haberse cumplido con los requisitos establecidos por los arts. 46 y 158 del CF (fs. 99 a 101); por Auto de Vista de 25 de febrero de 2004, el Juez Segundo de Partido de Familia confirma la Sentencia apelada (fs. 102 a 105).