SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0194/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0194/2005-R

Fecha: 09-Mar-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por una denuncia de los pobladores de la Colonia Alcoche por la supuesta comisión del delito de homicidio y denegación de auxilio, se encuentra detenido desde el 3 de enero de 2004, sin que a la fecha se le hubiese puesto a disposición de autoridad competente dentro de plazo establecido por la norma contenida en el art. 226 del Código de procedimiento penal (CPP), para que se resuelva sobre la aplicación de alguna de las medidas cautelares previstas por el Código señalado y, menos aún, se ha hecho conocer  a la autoridad jurisdiccional sobre el inicio de las investigaciones, tampoco se ha formalizado imputación formal requiriendo su detención preventiva dentro del plazo de veinticuatro horas desde que se tomó conocimiento de su aprehensión de acuerdo a lo dispuesto por la norma prevista en el art. 303 del CPP, encontrándose indebida e ilegalmente detenido.

Señala que, luego de su detención el Fiscal se constituyó en dependencias policiales sin que hubiese efectuado en ese momento el control al respeto estricto de sus derechos, ni velado por el cumplimiento de sus garantías constitucionales, puesto que ni siquiera le informó si tenía derecho o no  a contar con un abogado defensor, ni tampoco se comunicó sobre su detención a sus familiares, por lo que desde ese entonces se encuentra sufriendo una pena que ni siquiera le ha sido impuesta, sin que además en ningún momento hubiese tenido la oportunidad de asumir defensa.