SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2005-R

Fecha: 16-Mar-2005

II.2.

II.2.  Por memorial de 5 de marzo de 2003, la abogada Ma. Sonia Suárez efectuó devolución de notificación por cédula, señalando que hace tiempo atrás entregó pase profesional a Ángel Mansilla L., por lo que no correspondía se le notifique con ningún actuado judicial referido al juicio en el cual había dejado de ser abogado patrocinante (fs. 18); dicho memorial mereció providencia de 6 de marzo  que señaló no ha lugar la aceptación de la devolución de cédula debido a que en el cuaderno no existía el cambio de domicilio ni el pase profesional que acredite que la abogada firmante ya no es abogada patrocinante (fs. 18 vta.). El 18 de julio de 2003, la abogada Sonia Suárez presentó memorial reiterando pase profesional, señalando el Juez de la causa por providencia de 19 de julio, traslado al demandado y estése al proveído de 6 de marzo (fs. 18 y vta.).