SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2005-R
Fecha: 16-Mar-2005
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A efectos de contar con mayores elementos que permitan a este Tribunal adoptar una Sentencia sobre la base de lo realmente acontecido en el caso, a solicitud de la Magistrada Relatora, la Comisión de Admisión, a través del AC 053/2005-CA, de 31 de enero (fs. 12), dispuso que la Directora Departamental de Migración de Santa Cruz, recurrida, remita en el plazo de cuarenta y ocho horas, la documentación solicitada y un informe cronológico y pormenorizado sobre el trámite de arraigo seguido por el representado del actor. Notificada la autoridad recurrida con este Auto, el 31 de enero, se dispuso su conminatoria el 2 de marzo del presente año (fs. 17), en vista de no haber enviado la documentación que le fue requerida.