Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2005-R
Fecha: 16-Mar-2005
II.3.
II.3. De acuerdo al informe enviado por la recurrida a requerimiento de este Tribunal, el registro del arraigo en el sistema nacional fue procesado en las Oficinas Centrales de La Paz el 13 de diciembre de 2004, lo que está corroborado por el reporte de registro, donde figura la fecha indicada. Según indica la autoridad demandada, el 14 de diciembre, el interesado ya podía recoger el certificado de arraigo. Pero lo hizo el 15 de ese mes, como se constata por la nota de recepción remitida en la documentación complementaria.