SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0233/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0233/2005-R

Fecha: 17-Mar-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que anteriormente interpuso recurso de hábeas corpus acusando procesamiento y detención indebida de sus representados, recurso que fue interpuesto contra el Tribunal Segundo de Sentencia -ahora también recurrido- y los jueces ciudadanos Rosa Elena Arequipa Murga y Benedicto Rodríguez Caberos, dicho recurso fue inicialmente declarado improcedente pero en revisión el Tribunal Constitucional revocó el fallo y declaró la procedencia del recurso de hábeas corpus reponiendo obrados hasta la audiencia de consideración de medidas cautelares inclusive, es decir, que la Resolución que dispuso la detención de quienes eran sus defendidos en ese momento no tiene vigencia ni valor legal alguno porque fue declarada como violatoria de los derechos fundamentales y además fue anulada expresamente por la SC 1979/2004-R, fallo que en principio fue ocultado por la Sala Penal Primera, ya que después de más de un mes recién fue notificado a las partes sin considerar el hecho de que los beneficiarios del fallo aún se encuentran detenidos, no obstante lo dispuesto por el Tribunal Constitucional y sin que exista una orden legal vigente para ello, es decir, que al mantenerles detenidos con un acto declarado ilegal hace que la actual detención sea más ilegal e indebida, dado que esa privación de libertad infringe los arts. 6 y 9 de la CPE y arts. 5, 6, 7, 221, 222, 333 y siguientes del CPP; por lo que nuevamente recurre de hábeas corpus contra los jueces recurridos. Corresponde, entonces, verificar si los extremos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la CPE.