SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2005-R

Fecha: 23-Mar-2005

III.2.1.

III.2.1. El recurrente manifiesta su situación de detención en el penal de San Pedro, objeto de una condena que se encuentra viciada de nulidad y que sería en la actualidad la supuesta causa para la restricción de su libertad física; sin embargo, como se tiene definido conceptualmente por la jurisprudencia citada en el FJ III.1., los presupuestos de violación al debido proceso no puedan ser considerados a través del recurso de hábeas corpus, salvo en los supuestos de indefensión absoluta, situación que no se da en el caso presente, puesto que la privación de libertad del recurrente obedece a un proceso seguido en su contra y el cual derivó en la sentencia emitida en dicho proceso que lo encontró culpable del delito que se le imputó, sin que la falta de la firma en dicha Sentencia fuese la causa de la restricción de su libertad, vale decir, que el acto denunciado -como lo es la omisión del requisito formal de firma del Juez en la Sentencia-  no ha dado origen a la restricción al derecho a la libertad física del recurrente, para que a través del hábeas corpus tenga que analizarse lo planteado por el recurrente.