SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0267/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0267/2005-R

Fecha: 28-Mar-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 18 de febrero de 2005, cursante a fs. 4 y vta., el recurrente expresa que el 10 de septiembre de 2004 a horas 9:00 fue aprehendido y conducido a la Policía Técnica Judicial (PTJ) División Económicos Financieros. A las 9,30, el investigador lo puso en conocimiento de la Fiscal recurrida y ordenó su requisa personal, trasladándose todos al domicilio señalado por esa autoridad con una orden de allanamiento. En el transcurso de la tarde se tomó su declaración y la de su esposa que fue aprehendida una hora después. Al día siguiente, 11 de septiembre, a horas 9:50 lo condujeron a la PTJ y diez minutos más tarde lo llevaron al juzgado que tramita la presente causa, realizándose la audiencia cautelar en la que la Jueza recurrida ordenó su detención preventiva en el Penal de San Pedro de manera ilegal e indebida, pues no ejerció el control jurisdiccional que le corresponde toda vez que ignorando que transcurrieron más de veinticuatro horas desde que el Fiscal tuvo conocimiento de su aprehensión prosiguió con la audiencia cautelar y dispuso su detención preventiva en violación de las garantías establecidas en los arts. 226 y 303 del Código de procedimiento penal (CPP).