Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2005-CDP
Fecha: 12-Abr-2005
b)
b) El 25 de noviembre de ese año. el apoderado de la recurrente presentó ante este Tribunal una queja por incumplimiento de la Sentencia Constitucional, solicitando se disponga que el Ministro de Salud y Deportes ordene el pago de los sueldos devengados de la interesada, desde el 16 de marzo al 30 de septiembre de 2004, pago y entrega de las asignaciones familiares de subsidio y lactancia, prenatal y de natalidad y la suscripción del contrato de trabajo complementario con vigencia del 1 de enero de 2005 hasta agosto de 2005, solicitando se revoque la Resolución 56/2004, por no respetar lo dispuesto en la SC 1399/2004-R.