AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2005-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2005-CDP

Fecha: 12-Abr-2005

c)

c)  La Corte de amparo, a requerimiento del Tribunal Constitucional, informó en 4 de diciembre de 2004, que la representada de los actores suscribió un contrato con el Ministro de Salud y Deportes “con el fin de viabilizar el pago de daños y perjuicios”, agregando que sobre los sueldos devengados y lactancia que no hubieran sido cumplidos, la impetrante debía hacer conocer a  la Corte para que se siga el trámite respectivo.