motivos o razones de la inconstitucionalidad
Por otra parte, es imprescindible que se deba fundamentar la inconstitucionalidad de la norma impugnada, esto es, expresar con precisión los motivos por los que se considera que la norma impugnada contradice las normas constitucionales, el razonamiento que le conduce a cuestionarlas, expresar los fundamentos jurídico constitucionales, lo que en doctrina se conoce como concepto de violación constitucional, es decir, los motivos o razones de la inconstitucionalidad, extremo que no acontece en el presente caso, en el que no se fundamenta la inconstitucionalidad de la parte tercera del art. 260 del CP, limitándose a argumentar que el delito de homicidio culposo en su tercera parte, que se le ha imputado, no existe en la norma sustantiva de la materia, por lo que se le está juzgando por un supuesto delito que no está establecido el Código pena, violando el principio de legalidad consagrado por la Constitución sin tener en cuenta que el objeto del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad es depurar la posible contradicción de las leyes, decretos y resoluciones no judiciales en vigencia , con la Constitución Política del Estado expulsando del ordenamiento las normas impugnadas que se aparten de lo establecido por la constitución, por lo que los errores, ilegalidades, vulneración d derechos o vacíos en la aplicación de normas dentro de un determinado proceso, son cuestiones que no corresponden ser resueltas a través del presente recurso, por lo que el mismo carecer en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
- A. Adhemar Rueda Esquivel y Julio Nelson Alba Flores, Jueces del Tribunal Quinto de Sentencia de Santa Cruz
- delito de homicidio culposo en su tercera parte del Código penal
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazan el incidente
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- : 1)
- motivos o razones de la inconstitucionalidad
- no tiene competencia para conocer y resolver sobre fallos, sentencias, autos u otras resoluciones que dicte el poder judicial
