SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2005-R

Fecha: 05-Abr-2005

procedente

La Resolución 01/2005 de 4 de marzo, cursante de fs. 19 a 22, pronunciada por el Juez de Instrucción, Mixto, Liquidador y de Garantías de Huacareta, declaró procedente el recurso con relación al Fiscal Adjunto recurrido e improcedente respecto del Jefe de Policía co-demandado, disponiendo la inmediata libertad del recurrente, con costas y pago de daños y perjuicios, con los argumentos siguientes: a) el actor fue conducido a dependencias policiales con engaños para luego ser aprehendido sin que medie ningún mandamiento escrito emanado de autoridad competente, sin que exista flagrancia y sin que concurran las circunstancias previstas por los arts. 225 y 226 del CPP; b) el Jefe de Policía co-recurrido actuó obedeciendo la instrucción del representante del Ministerio Público.

En consecuencia, el Juez de hábeas corpus, al declarar procedente el recurso respecto del Fiscal recurrido e improcedente con relación al Jefe de Policía co-demandado, no ha evaluado en forma correcta los datos del proceso ni las normas aplicables al mismo, dado que el recurrente debió impugnar tales actuaciones ante el Juez cautelar antes de plantear el presente recurso constitucional extraordinario.