Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0352/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
II.4.
II.4. Mediante el requerimiento fiscal de 25 de febrero de 2005 (fs. 49) la Fiscal co-demandada, basada en la previsión del art. 226 del CPP ordenó se expida mandamiento de aprehensión contra “Gonzalo Chino Yupanqui”, señalando que la declaración informativa de la menor, el certificado médico y las entrevistas de los testigos, “hacen presumir de manera fundada que es con probabilidad autor del ilícito denunciado que tiene una pena privativa de libertad superior a dos años, y que el imputado al tener conocimiento de la denuncia puede ausentarse del departamento u obstaculizar la averiguación de la verdad”.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata.
- III.2.
- APROBAR