Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0376/2005-R
Fecha: 14-Abr-2005
II.2.
II.2. Del informe prestado en audiencia por la recurrida se evidencia que ésta inmediatamente de recibida la denuncia, se trasladó, juntamente dos efectivos policiales, a la comunidad Esquina Grande, y una vez en el lugar los comunarios entregaron al sindicado, el que fue conducido a dependencias policiales, a horas 12:30, aproximadamente, para luego a horas 17:30, remitirlo a disposición del fiscal. (fs. 7 y 9).