SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2005-R

Fecha: 27-Abr-2005

1)

La Fiscal Adjunta en el escrito de fs. 53 a 54 vta., señaló: 1) el 10 de octubre de 2002 inició investigación contra el recurrente Carlos Nicéforo Bautista Crespo por los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado en vista del informe EC/EP23/G02-N1 remitido por la Gerencia Departamental de la Contraloría General de la República a la Fiscalía de Distrito, referente a la "Auditoria Especial de Autenticidad del Certificado de Información sobre Solvencias con el Fisco" presentada por el recurrente para optar al cargo de Consejero Departamental por la Provincia Punata, en el que se establecían indicios de responsabilidad penal, y en cuyos antecedentes figura una fotocopia del certificado de solvencia fiscal cuestionado a su nombre y otros documentos, legalizados por la encargada de Coordinación y Promoción del Consejo Departamental, en base a la cual se realizaron las investigaciones; 2) el 25 de marzo de 2003 formuló imputación formal y durante la sustanciación de la etapa preparatoria el imputado, con los mismos fundamentos del recurso de hábeas corpus, opuso excepción de falta de acción, cuestionando la legalidad de la prueba, lo que fue rechazado por el Juez cautelar por Auto de 23 de junio de 2003 y confirmada en apelación por Resolución de 4 de noviembre de 2004; 3) el 14 de marzo de 2004 emitió requerimiento conclusivo de acusación ante el Tribunal de Sentencia por los delitos referidos, limitándose así a cumplir la Ley, sin desconocer los derechos y garantías del recurrente, instancia en la cual podrá discutirse sobre la legalidad o ilegalidad de la prueba y en definitiva si se admite o no como tal el certificado que se cuestiona y no así a través del hábeas corpus, máxime cuando no se ha afectado de manera alguna su derecho de locomoción, pues el recurrente no esta indebidamente detenido, preso, procesado o perseguido.