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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2005-R

    Fecha: 27-Abr-2005

    II.2.

    II.2.  Durante el curso de la investigación, el recurrente formuló excepción de falta de acción, que fue rechazada por la Jueza Primera de Instrucción Cautelar por Resolución de 23 de junio de 2003 (fs. 13 y vta.) y que en apelación, por Auto de Vista de 4 de noviembre de 2004, los Vocales de la Sala Penal Tercera declararon improcedente el recurso, confirmando lo resuelto por el a quo (fs. 14 y vta.).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida  y petitorio
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • exclusivamente la libertad física y el derecho de locomoción
    • '
    • III.2.
    • APROBAR

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