SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0435/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0435/2005-R

Fecha: 28-Abr-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente manifiesta que el Juez recurrido mediante Auto de 29 de enero de 2005, fundado en los arts. 234.7 y 235.5 del CPP, le impuso medida cautelar de detención preventiva a solicitud del Ministerio Público dentro del proceso investigativo seguido en su contra por el presunto delito de violación previsto en el art. 308 del CP, sometiéndole así a detención indebida e ilegal como consecuencia de un procesamiento indebido e ilegal, dado que no existe una decisión judicial fundamentada y basada en disposiciones legales, ni tampoco existen suficientes elementos de convicción debidamente acreditados sobre el riesgo de fuga y peligro de obstaculización, extremos que sólo existen en la mente del juzgador, por lo que denuncia la lesión a sus derechos y garantías constitucionales a la presunción de inocencia, debido proceso, igualdad procesal y otros que hacen al debido proceso; consecuentemente, el procesamiento indebido e ilegal incide en la restricción y supresión material, arbitraria e ilegal de su libertad física y de locomoción, infringiendo los arts. 6, 9, 16, 18, 32, 81, 228, 229 de la CPE y arts. 1, 5, 7, 123, 167, 168, 221, 233, 234, 235 y 236 del CPP.  Corresponde, entonces, verificar si los extremos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 CPE.