Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0016/2005-CDP
Fecha: 13-May-2005
I.1.
mérito a la Resolución de 14 de febrero de 2003 y la SC 0494/2003, de 16 de abril, solicitó la apertura de término de prueba para la calificación de los daños, económicos, morales y psicológicos ocasionados por el demandado y en su efecto se regule el honorario del abogado conforme a derecho y se disponga que la parte recurrida cancele los haberes no percibidos desde el 1 de agosto de 2002 hasta el 6 de marzo de 2003, incluido el aguinaldo de la gestión 2002, ofreciendo al efecto prueba testifical.