Fragmento 9
De lo referido precedentemente se infiere que la Resolución de 28 de enero de 1994 emitida por el Juez Coactivo Municipal de El Alto cuya constitucionalidad es cuestionada a través del presente recurso, es una resolución de carácter administrativo que resuelve una situación concreta referido a un administrado en el que se según lo expuesto, se lesionan sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, por lo que dicha resolución no forma parte de las disposiciones legales o normas objeto de control normativo de constitucionalidad, es decir, al no ser una resolución normativa de carácter general, no puede ser impugnada por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, haciendo inviable la procedencia del presente recurso, en aplicación del art. 59 de la LTC.
- Luis Araoz Torrez, Juez Séptimo de Partido en lo Civil Comercial de La Paz
- Resolución de 28 de enero de 1994 emitida por el Juez Coactivo Municipal de El Alto y la Resolución Técnico Administrativa Municipal 051/94 de 24 de febrero de 1994 emitida por el Alcalde Municipal de El Alto.
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó el incidente
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- APRUEBA
