SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0502/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0502/2005-R

Fecha: 11-May-2005

a)

El Juez recurrido adjuntando el informe de fs. 697 a 699, señaló lo que sigue: a) su autoridad de conformidad al art. 364.IV del Código de procedimiento civil (CPC), declaró probada la tercería de derecho preferente interpuesta disponiendo que se haga efectivo su pago una vez realizada la subasta, con las formalidades de Ley; b) la Resolución 86/2003 de 17 de febrero -ahora impugnada-, al declarar probada la tercería de derecho preferente; fue confirmada por el Auto de Vista 165/2004 de 1 de abril -también impugnado-, cumpliendo de manera estricta los arts. 388, 384 y 1369 del CC y arts. 362.II y 283 del CPC, en concordancia con el art. 455 del Código de comercio (Ccom); c) el cumplimiento y aplicación de la Ley no constituye ninguna violación de ningún derecho ni garantía constitucional, como señala la parte recurrente; por lo que demostrando que la Resolución impugnada no es ilegal, ni suprimió los derechos del recurrente en razón de que se obró con competencia y dentro del marco legal, solicita se declare improcedente el presente recurso.