SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2005-R
Fecha: 23-May-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita la tutela de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a una justa remuneración y a la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a), d) y j) y 16 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por la autoridad recurrida, puesto que ante el despido del que fue objeto, la Superintendencia del Servicio Civil emitió la RA SSC/IRJ/071/2003, de 10 de junio, por la que dispuso revocar los actos administrativos de su destitución, disponiendo en consecuencia su inmediata reincorporación al cargo que ocupaba en el Ministerio de Desarrollo Económico, Resolución que no fue cumplida, ya que se la reincorporó en un cargo que no se adecuaba al nivel que ejercía con anterioridad y del cual fue despedida con posterioridad, ante lo cual presentó un segundo recurso jerárquico que mereció la RA SSC/IRJ/056/2004, de 5 de julio, por la que se confirmó el despido efectuado, pero se solicitó informe sobre el cumplimiento de la RA SSC/IRJ/071/2003. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.