SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0556/2005-R
Fecha: 20-May-2005
II.3.
II.3. Por memorial de 17 de noviembre de 2003, Mario Mejía Arce ante el tiempo transcurrido sin lograr la devolución de sus bienes, pidió se ordene a DIRCABI que informe dónde se encuentran los dineros incautados; petición a la que el Juzgado dio curso por decreto de 18 del mismo mes y año (fs. 6 y vta.). El 12 y 17 de diciembre, el afectado pidió apremio contra el Director de DIRCABI al amparo del “art. 161 del Pdto. Civil” (sic.); solicitud que fue puesta en conocimiento de esa Institución por decreto de 17 de diciembre de 2003 (fs. 7 a 8 vta.), cuyo Director Distrital informó que al no existir las papeletas de depósito, sentó denuncia a la Policía Técnica Judicial contra el ex inspector de Chimoré por el delito de peculado, a lo que el Juzgado providenció que se tenga presente (fs. 9 a 10).