SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0557/2005-R

Fecha: 20-May-2005

procedente

La Sentencia de 27 de octubre de 2004, de fs. 75 a 76 vta., declaró procedente el recurso, por ende, dispuso que el Gerente Regional recurrido se pronuncie sobre las peticiones hechas por el actor con memoriales presentados en su despacho el 25 de mayo, 1 de junio y 25 de agosto de 2004, conforme al “Código Aduanero” (sic.); asimismo, dispuso la anulación del proceso administrativo de contrabando contravencional hasta la notificación personal del recurrente con el acta de instrucción contravencional GR CBA-01/04, de 19 de mayo de 2004.  Este fallo tiene los siguientes fundamentos:

a)  Una vez efectuado el decomiso de la mercadería el 27 de mayo de 2004, el actor presentó tres memoriales, el 25 de mayo, 1 de junio y 25 de agosto de 2004, pidiendo al recurrido la devolución de la mercadería, para lo que acompaña documentación, sin que ninguno de estos escritos hayan merecido una respuesta en el fondo. 

b)  El proceso administrativo de contrabando contravencional presentado en audiencia por la apoderada de la autoridad recurrida, se demuestra que con el acta de intervención contravencional GR CBA-01/04, de 19 de mayo con el que se inicia ese proceso, no fue notificado personalmente el recurrente, y tampoco con la Resolución Determinativa AN-GRCGR001/2004 de 23 de junio, conforme imponen los arts. 83 y 84 del CTB, advirtiéndose también que pese a existir el proceso administrativo iniciado el 19 de mayo, el funcionario del COA Gabriel Machicao Clavijo con Carta AN/COA/Cbba/135/2004, de 5 de octubre de 2004 insiste al Gerente Regional recurrido, le envíe instrucciones sobre la mercadería incautada el 17 de mayo al recurrente Alberto Pairumani Solíz.