Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0559/2005-R
Fecha: 24-May-2005
II.2.
II.2. Por Auto dictado en audiencia de 11 de abril de 2003, al no haberse llegado a ninguna conciliación, se concedió el término de diez días al imputado para que ofrezca sus pruebas de descargo (fs. 35). Por Resolución de 28 de abril de 2003 se complementó el Auto de admisión de la demanda incluyéndose en la querella y acusación particular el delito de giro de cheque en descubierto previsto por el art. 204 del CP (fs. 44).