SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0573/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0573/2005-R

Fecha: 24-May-2005

II.3.

II.3. Por  escrito presentado el 27 de octubre de 2003 (fs. 255), la recurrente planteó incidente de nulidad aduciendo que fue notificada con la Sentencia en un domicilio falso, puesto que fue citada en el domicilio procesal de calle Ravelo 362, domicilio que nunca constituyó; incidente que previo tramite de ley fue resuelto por el Juez recurrido mediante Auto de 26 de abril de 2004, que rechazo el mismo, con imposición de costa y multa de Bs20.- a la incidentista y a su abogado, dada la manifiesta temeridad con la que obraron, con el argumento que la Sentencia fue notificada a la recurrente y a su esposo, en el domicilio procesal señalado por este ultimo, sito en calle Ravelo 362, sin que ello signifique que dicho domicilio sea falso al ser ambos codemandados esposos, por lo que mal podía invocarse haberse provocado indefensión (fs. 287 vta.).