Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-RCA
Fecha: 06-Jun-2005
Fragmento 13
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve con los fundamentos expuestos APROBAR el rechazo contenido en la Resolución de 13 de abril de 2005, cursante a fs. 7, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- II.1. Importancia de los requisitos de admisión del recurso de amparo.-
- 1.
- b)
- a) Exposición con precisión y claridad de los hechos.-
- b) Precisión de los derechos o garantías que considera restringidos, suprimidos o amenazados, las normas constitucionales y/o legales donde se encuentran contenidas y su relación de causalidad con los hechos expuestos:
- II.3.3.
- III.3.4.
- Fragmento 10
- III.3.5.
- II.3.6.
- Fragmento 13