APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31-num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 23 de abril de 2005 pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, a través de la cual Wálter Feeney Parada demanda que se declare la inconstitucionalidad del art. 49-III de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF).
