SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0728/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0728/2005-R

Fecha: 29-Jun-2005

III.3.

III.3. En el caso examinado, la jurisprudencia constitucional antes citada es de aplicación al caso formulado por los recurrentes puesto que de acuerdo a los antecedentes que informan este recurso, se evidencia que los recurridos interpusieron recurso de apelación contra la sentencia pronunciada dentro del proceso coactivo seguido en su contra, a la que no se dio lugar por no estar previsto ese recurso de acuerdo a los alcances del art. 49.III de la LAPCAF; por lo que al declararse ilegal la compulsa interpuesta, las autoridades recurridas no han lesionado los derechos a la igualdad, a la defensa, al debido proceso y a tener un recurso efectivo señalados como vulnerados por los recurrentes, puesto que aquéllos si querían impugnar la Sentencia pronunciada, debían oponer las excepciones previstas en la norma citada.