Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2005-R
Fecha: 03-Jun-2005
II.1.
II.1. Dentro de la etapa preparatoria seguida por el Ministerio Público contra los recurrentes y otros por asociación delictuosa y otros delitos, la Jueza Cautelar recurrida, mediante Auto dictado en la audiencia de 12 de abril de 2005 (fs. 1 a 11), a petición expresa del Fiscal, ordenó la detención preventiva de los recurrentes y de los demás imputados, señalando el lugar de su detención.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Supuestos de subsidiariedad del hábeas corpus
- Fragmento 12
- III.3. Improcedencia por subsidiariedad
- Fundamentos Jurídicos III.1
- III.4. Sobre la supuesta falta de pronunciamiento sobre los recursos de apelación y solicitudes de cesación de medidas cautelares
- APROBAR