SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2005-R

Fecha: 03-Jun-2005

improcedente

b)      Existiendo un medio de impugnación contra la medida cautelar impuesta,    cual  es la apelación incidental que ya fue concedida, y que es apta para restituir en su caso el derecho a la libertad de los actores en forma inmediata, no es posible acudir al recurso extraordinario de hábeas corpus, el cual puede plantearse una vez agotada esa vía, conforme a la SC 0181/2005-R, de 3 de marzo.

c)      En cuanto a la falta de concesión del recurso de apelación incidental contra el   Auto que ordenó la detención preventiva y la falta de señalamiento de audiencias para considerar la cesación de la detención preventiva de los actores, no corresponden ser tuteladas por el hábeas corpus, puesto que el recurso de apelación se encuentra concedido y en estado de remitirse al superior en grado y las audiencias se encuentran fijadas dentro de términos razonables, tomando en cuenta que una Juez suplente está atendiendo el caso, no estando los actores en estado de indefensión.