Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0634/2005-R
Fecha: 15-Jun-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente acusa que las autoridades recurridas vulneraron su derecho a la defensa y al debido proceso, el Vocal y Conjuez al haber dictado el Auto de Vista de 6 de marzo de 2002 sin advertir las nulidades y falta de sorteo ocasionadas por las sucesivas excusas y los ministros de la Corte Suprema al haber dictado el Auto Supremo 219, de 24 de abril de 2003, sin tomar en cuenta esas nulidades y la falta de sorteo, el Juez de la causa por no haberle notificado oportunamente con el Auto Supremo, y el particular querellante al haber conculcado sus derechos en el proceso. En ese sentido corresponde en revisión analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.