SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2005-R

Fecha: 22-Jun-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El recurrente en el escrito de 10 de noviembre de 2004 (fs. 29 a 32), manifiesta que su representada adquirió a título de compra dos puestos comerciales signados con los números 154 y 155 en el mercado “Santa Rosa Ltda.”, siendo además socia de la Cooperativa que lo administra, y si bien a momento de la compra se dedicaba al expendio de comida, posteriormente por motivos de salud se vio obligada a la venta de jugos y refrigerios, por ser una actividad más liviana, para lo cual efectuó el trámite respectivo ante las autoridades municipales, quienes concedieron licencia de funcionamiento al snack “Lucía”, contando también con registro sanitario referido al rubro; empero, cuando se apersonó a la Cooperativa a los efectos de su registro, su Presidente y una turba de seguidores en forma violenta cerraron las casetas, expulsando a su propietaria, amenazándola que de continuar vendiendo refrigerios, su vida e integridad física corrían riesgo, cerrando los puestos con sendos candados, extremo que ocurrió el 20 de febrero de 2004, con el argumento de que ningún socio puede cambiar arbitrariamente de rubro sin autorización de la Cooperativa, toda vez que según el presidente, en dicho sector del mercado únicamente se expenden comidas, sin que tenga ninguna atribución, pues para ello están las autoridades municipales.