SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0719/2005-R
Fecha: 28-Jun-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan tutela a su derecho al debido proceso, consagrado por el art. 16 de la CPE, que considera fue lesionado por los recurridos puesto que en el proceso de inhabilitación y separación de concejales interpuesto por Alain Mario Raul Jesús de Canedo Ostria Schmidt contra José Luis Paredes Muñoz y otros, lo lesionaron al no cumplir el plazo dispuesto por las normas previstas por el art. 29 de la LPPo para dictar resolución definitiva, tramitando dos recursos indirectos o incidentales de inconstitucionalidad planteados contra la misma norma, paralizando el proceso sin que los preceptos del art. 63 de la LTC dispongan esa posibilidad cuando el recurso incidental es rechazado; además de ello, no tramitaron en forma debida el desistimiento del derecho que presentaron de la demanda contra José Luis Paredes Muñoz, ya que la trasladaron a éste sin que las normas previstas por el art. 305 del CPC lo dispongan así, perjudicándolos en su derecho de asumir las concejalías de los concejales procesados. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.