Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 026/2005-RCA
Fecha: 21-Jul-2005
I.2.Resolución
Por Auto 24 de marzo de 2005 (fs.72), la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dispuso que dentro de las cuarenta y ocho horas la parte recurrente cumpla con el art. 97 parágrafos II, IV, V y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y la SC 1351/2003-R, de 16 de septiembre asimismo acredita haber agotado las vías legales ordinarias que franquea la ley. Con dicho actuado se notificó a la recurrente el 29 de marzo de 2005 (fs. 72 vta.).