SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0734/2005-R
Fecha: 01-Jul-2005
1)
El Juez Tercero de Partido en lo Civil, en el informe escrito de fs. 35 y vta. señala: 1) su autoridad dio curso a la reposición del decreto de 9 de mayo de 2003 inducido por el recurrente, quien en un otrosí de su memorial hizo notar que el perito designado no tomó posesión del cargo, ante lo cual, sorprendido en su buena fe designó de oficio otro perito, lo que motivó que el ejecutante acompañando fotocopias del acta de juramento y posesión del primer perito nombrado solicitara la reposición del decreto, a lo cual accedió manteniendo al perito nombrado de inicio; 2) no existe indefensión ni vulneración de derechos, pues el recurrente notificado con el avaluó pericial lo impugnó, lo cual fue rechazado por providencia de 8 de septiembre de 2003, de la cual apeló y que habiéndose concedido el recurso no proveyó los recaudos de ley para hacer efectivo el mismo, con lo que los efectos del acto reclamado cesaron habiendo consentido tácitamente el acto.
El representante del Banco Ganadero S.A. en el memorial de fs. 48 a 51 vta., indica: 1) el recurrente pretende postergar más el cumplimiento de la obligación legalmente contraída; 2) la Resolución cuestionada recién se hizo efectiva por Auto de fs. 417 contra el cual el coactivado formuló recurso de apelación que pese a haber sido concedido hasta la fecha no fue tramitado; 3) la determinación asumida por el Juzgador lejos de vulnerar el debido proceso subsana un error al que fue inducido por el recurrente, a lo cual estaba obligado aún de oficio; 4) la solicitud de nulidad de las resoluciones indicadas no tiene sustento legal pues su nulidad no está prevista por ley.