SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0734/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0734/2005-R

Fecha: 01-Jul-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El recurrente en el escrito de 9 de noviembre de 2004 (fs. 13 a 16), manifiesta que en el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil se sustanció el proceso coactivo seguido por el Banco Ganadero S.A. contra su persona, donde el acreedor en ejecución de sentencia formuló recurso de reposición bajo alternativa de apelación del decreto de 9 de mayo de 2003, en franca violación al art. 518 del Código de procedimiento civil (CPC) que establece la apelación directa para la impugnación de resoluciones judiciales en esta fase, por lo que el Juez recurrido debió rechazar la solicitud, por el contrario aplicó erróneamente los arts. 215 al 217 del indicado Código; mientras que en apelación los vocales co recurridos, emitieron el Auto de Vista de 19 de diciembre de 2003, confirmando el Auto recurrido en una deplorable falta de coherencia entre la parte considerativa y la resolutiva, pues primero dicen que se vulneró el art. 518 del CPC y seguidamente fallan en el fondo confirmando la Resolución apelada.

Aclara que si bien la Resolución que motiva el recurso fue emitida el 19 de diciembre de 2003, oficialmente recién se puso en su conocimiento en julio de 2004, no pudiendo hacerse un cómputo meramente “matemático y cronológico” del plazo para interponer el amparo, pues jamás tuvo acceso al expediente ni tampoco conoció el momento exacto en que las autoridades recurridas sacaron el expediente a Secretaría para que conozca del fallo.