SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0765/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0765/2005-R

Fecha: 05-Jul-2005

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando procedente el recurso, disponiendo la reubicación inmediata de la representada del recurrente al Ministerio de la Presidencia a una función similar a la ocupada en el RIN con el pago de sus salarios por todo el tiempo de cesantía hasta su reincorporación además del pago de aguinaldo y los subsidios previstos por ley, y sin lugar al pago de daños y perjuicios teniendo en cuenta que el RIN fue disuelto por determinación de la Ley 2627, de 30 de diciembre de 2003.

Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del citado art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada valoración de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.