SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0792/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
II.3.
II.3. Por Auto de Vista 491/04, de 24 de agosto, la Sala Penal Primera declaró improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso y en consecuencia confirmó la Resolución apelada, con el mismo razonamiento efectuado en los fundamentos expuestos por la Jueza del proceso en su resolución (fs. 27 y vta.); por lo que la parte recurrente presentó aclaración, complementación y enmienda solicitando principalmente que el Tribunal de alzada complemente y enmiende en qué norma legal se encuentra determinado que el uso del documento en Derechos Reales, sobre el delito de falsedad determina la suspensión de plazo de la prescripción (fs. 28 a 29 y vta); por Auto de Vista de 28 de septiembre de 2004 se denegó la solicitud de complementación y enmienda (fs. 30).