Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0792/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
II.5.
II.5. El 7 de diciembre de 2004, el actuario del Juzgado de Instrucción de Caranavi presentó informe ante los vocales de la Sala Penal Primera señalando que el cuaderno de investigaciones dentro del caso en análisis, se encontraba con el Fiscal de Materia desde el 21 de septiembre de 2004, a efectos de los actos conclusivos conforme a lo previsto por la norma contenida en el art. 133 del CPP, como se podía evidenciar del libro de vista fiscal (fs. 49).