Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2005-R
Fecha: 19-Jul-2005
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 22 de abril ante el Presidente de la Junta Superior de Decisiones de COSSMIL, el representado del recurrente planteó recurso de apelación (fs. 14), que fue respondido el 11 de junio de 2004 por el Ministro de Defensa Nacional, en sentido de que se agotaron todas las instancias, no pudiendo atenderse su requerimiento (fs. 19). Por nota de 3 de agosto de 2004, el Gerente General de COSSMIL, le hizo conocer que por instrucción del Ministro de Defensa Nacional se analizó su situación adjuntándole el informe de Asesoría Jurídica así como el elaborado por la Gerencia de Seguros de COSSMIL, estando aclarada su situación respecto a sus reclamos (fs. 20 a 23).