SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2005-R

Fecha: 25-Jul-2005

I.2.2. Informe de la autoridad  recurrida

La autoridad recurrida prestó informe en la audiencia, señalando que en 1996 se inició un proceso de asistencia familiar contra el representado del recurrente, en el que se fijó provisionalmente la asistencia de Bs150.-, citándosele al obligado en forma personal el 1 de marzo de 1997, no obstante de ello, no asumió defensa, por lo que se le declaró rebelde por Auto de 1 de abril de 1997. Posteriormente Aurelia Mamani solicitó la liquidación de la asistencia familiar, cuyo monto arrojó la suma de Bs13.800.-, con cuya Resolución se notificó al representado del recurrente el 24 de noviembre de 2004, en el tablero del Juzgado, puesto que anteriormente se lo había declarado rebelde, de lo que se concluye que no se vulneró ningún derecho del obligado.