Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2005-R
Fecha: 29-Jul-2005
III.2.
III.2. En cuanto a la supuesta errónea valoración de la prueba para fijar la asistencia familiar, es una cuestión que no puede ser analizada a través del recurso de amparo, por cuanto la valoración de la prueba es una atribución privativa de los jueces ordinarios. Así lo ha reconocido la jurisprudencia constitucional en las SSCC 1223/2002-R, 0577/2002-R, 1062/2003-R, 1734/2003-R y 1901/2004-R, entre otras.